Primer Presupuesto Extraordinario de la República y Primera Modificación Legislativa a la Ley No. 10.836, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2026
Tipo de instrumento: Proyecto de ley
Expediente N.º: 25.589
Presentado por: Poder Ejecutivo (firmado por el Presidente Rodrigo Chaves y el Ministro de Hacienda Rudolf Lücke Bolaños)
Resumen ejecutivo
Este proyecto de ley ajusta el presupuesto nacional del año 2026 (originalmente aprobado en la Ley N.º 10.836) para incorporar nuevos ingresos, reducir el uso de deuda pública y reasignar gastos entre ministerios. Se proponen tres grandes cambios:
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Un presupuesto extraordinario que modifica ingresos y gastos en un monto neto de rebaja de ₡92.378 millones, principalmente porque se sustituye deuda interna por préstamos externos y se incorporan fondos de superávit de instituciones públicas.
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Una modificación legislativa que no cambia el total del presupuesto, pero traslada ₡7.027 millones entre partidas de 9 instituciones (Salud, Educación, Obras Públicas, Migración, Hacienda, Agricultura, MIDEPLAN, MICITT y el Tribunal Supremo de Elecciones) para atender necesidades urgentes, como salarios, infraestructura, equipamiento y proyectos comunitarios.
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Eliminación y creación de puestos en los Ministerios de Hacienda y Obras Públicas, para ajustar las plazas a las necesidades reales y a la nueva clasificación salarial por la Ley de Empleo Público.
El proyecto busca hacer más eficiente el uso de los recursos públicos, pagar deudas con la CCSS y JUPEMA, financiar proyectos de desarrollo comunal y agrícola, y fortalecer áreas como seguridad ciudadana, control migratorio y educación.
Objetivo fundamental
El Poder Ejecutivo propone este proyecto para:
- Ajustar los ingresos y gastos del presupuesto 2026 según la disponibilidad real de recursos, principalmente por la revalidación de saldos de préstamos externos (AFD y EXIMBANK) y la incorporación de superávits institucionales.
- Cumplir con las normas presupuestarias y disposiciones de la Contraloría General de la República.
- Atender necesidades urgentes de las instituciones mediante la reasignación de partidas, sin aumentar el gasto total.
- Modernizar la estructura de plazas en Hacienda y MOPT para alinearlas con la Ley de Empleo Público y mejorar la atención en fronteras y la gestión de deuda pública.
Contexto actual
Costa Rica ya tiene un presupuesto aprobado para 2026 (Ley N.º 10.836, publicada el 11 de diciembre de 2025). Sin embargo, durante el año surgen cambios en los ingresos reales (por ejemplo, préstamos externos que no se desembolsan completamente o superávits de instituciones) y necesidades imprevistas (como reparaciones en infraestructura, ajustes salariales, o proyectos comunitarios). La Constitución y las leyes de administración financiera permiten al Ejecutivo presentar presupuestos extraordinarios para ajustar el plan original.
Actualmente, hay recursos pendientes de presupuestar (multas ambientales, derechos mineros, superávit de JAPDEVA-CONAVI) y se necesita sustituir una fuente de deuda interna (emisión de títulos) por un préstamo externo de la Agencia Francesa de Desarrollo. También hay plazas que ya no se justifican (por ejemplo, puestos policiales que no cumplen con el nuevo Manual de Clasificación) y se requiere crear otras para operaciones críticas (como la Aduana de Peñas Blancas).
Cambios propuestos
1. Reforma del artículo 1 de la Ley N.º 10.836 (Ingresos)
Inciso A - Ingresos Corrientes: Se aumentan en ₡658 millones por:
- Derechos de minería (pago de concesionarios) para transferir a asociaciones de desarrollo de Montes de Oro.
- Sanciones ambientales (multas) para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
- Sanciones administrativas para el Ministerio de Justicia y Paz (programa de seguridad ciudadana).
- Devoluciones de superávit de instituciones públicas (SENARA, juntas de educación, municipalidades) para amortizar deuda.
Inciso B - Ingresos Extraordinarios Internos: Se reducen en ₡52.850 millones porque:
- Se rebaja la emisión de títulos de deuda interna en ₡58.424 millones, al reemplazarlos por un préstamo de la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y por los superávits mencionados.
- Se aumenta en ₡5.575 millones el superávit específico del convenio JAPDEVA-CONAVI para reparar la Ruta 240 y construir el puente sobre el Río Estrella.
Inciso C - Ingresos Extraordinarios Externos: Se rebajan en ₡40.187 millones porque se elimina el saldo no utilizado del préstamo EXIMBANK (China) para la Ruta 32, ya que el crédito fue cancelado automáticamente por no desembolso total.
2. Reforma del artículo 2 de la Ley N.º 10.836 (Egresos - Presupuesto Extraordinario)
Se realizan los siguientes aumentos y rebajas en los gastos, que equilibran los cambios en ingresos:
Aumentos (total ₡6.233 millones):
- Ministerio de Gobernación: ₡50,5 millones para transferencias a asociaciones de desarrollo de Montes de Oro (producto de derechos mineros).
- Ministerio de Hacienda: ₡31 millones para crear 4 plazas en la Auditoría Interna y ajustes salariales (coletilla 262).
- Ministerio de Obras Públicas (CONAVI): ₡5.575 millones para reparar la Ruta 240 y construir el puente sobre el Río Estrella (con superávit JAPDEVA-CONAVI).
- Ministerio de Justicia y Paz: ₡209 millones para construir la Delegación Policial de Río Frío (fondos de una mediación judicial por incumplimiento contractual).
- Ministerio de Ambiente (SINAC): ₡203 millones para gastos operativos (transporte a Isla del Coco, seguridad, viáticos, mantenimiento vehicular).
- Servicio de la Deuda Pública: ₡140 millones para amortizar deuda con los superávits devueltos por instituciones.
Rebajas (total ₡98.611 millones):
- CONAVI: ₡40.187 millones por la cancelación del préstamo EXIMBANK (Ruta 32).
- Servicio de la Deuda Pública: ₡58.424 millones por la reducción de la emisión de títulos internos.
3. Adición/Modificación del artículo 2 (Modificación Legislativa - Artículo 3 del proyecto)
Se reasignan ₡7.027 millones entre partidas de los siguientes ministerios, sin cambiar el total presupuestado. Los movimientos más destacados son:
- Ministerio de Gobernación y Policía: Rebaja ₡257 millones en alquiler de equipo y servicios informáticos de Migración, y aumenta ₡241 millones para sueldos (ajuste a salario global), alquiler de nuevo edificio en Sarapiquí y horas extra para policías migratorios.
- Ministerio de Hacienda: Rebaja ₡269 millones eliminando 14 plazas (10 en Gestión Aduanera y 4 en Crédito Público), y aumenta el mismo monto para crear 20 nuevos puestos de Técnico de Ingresos en la Aduana de Peñas Blancas y 4 plazas de jefatura en Crédito Público.
- Ministerio de Agricultura: Rebaja ₡420 millones al Consejo Rector de Banca para el Desarrollo (por menor demanda de crédito), y aumenta el mismo monto para financiar 13 proyectos agropecuarios ejecutados por asociaciones y cooperativas.
- Ministerio de Obras Públicas (MOPT): Reasigna ₡921 millones entre sus programas (Administración Superior, Infraestructura Vial, Puertos, Edificaciones, Concesiones, Transporte Terrestre, COSEVI, CONAVI, Aviación Civil). Destacan: ₡200 millones para mantenimiento de sistemas informáticos, ₡225 millones para indemnizaciones del proyecto de puente sobre Quebrada Mina, y creación de 4 plazas para la Unidad Ejecutora del Proyecto Barranca-Limonal.
- Ministerio de Educación Pública: Reasigna ₡1.850 millones. Se rebajan ₡478 millones de servicios de telecomunicaciones (por diferencial cambiario) y ₡120 millones de pruebas en línea, entre otros. Se aumentan ₡340 millones para pruebas de idoneidad de docentes, ₡200 millones para seguro de riesgos del trabajo, ₡490 millones para infraestructura educativa, y ₡284 millones para transporte de estudiantes y escuelas urbano-marginales.
- Ministerio de Salud: Reasigna ₡2.621 millones. Se rebajan ₡2.604 millones del CEN CINAI (por menores costos de mantenimiento) y ₡10 millones de control de tabaco. Se aumentan ₡1.000 millones para alquiler de edificios, ₡344 millones para equipos de sonido en 505 centros, ₡290 millones para servidores educativos con IA, y ₡970 millones para construir espacios de juego "Centros de Innovación Psicomotriz" en 42 establecimientos.
- Ministerio de Planificación (MIDEPLAN): Aumenta ₡442 millones para dar contenido económico a 25 nuevas plazas con salario global, distribuidas en sus programas.
- Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICITT): Reasigna ₡246 millones. Se rebajan ₡152 millones por suspensión de licitaciones de radio y TV, y se aumentan para kits de robótica, materiales de ferias científicas, equipos para Centros Comunitarios Inteligentes, y transferencias a la Promotora Costarricense de Innovación.
- Tribunal Supremo de Elecciones: Rebaja ₡442 millones por la no realización de segunda ronda electoral, devolviendo los recursos no utilizados.
4. Derogación/Eliminación de puestos (Artículo 4 del proyecto)
Se eliminan formalmente los siguientes puestos de la relación de puestos del presupuesto:
- Ministerio de Hacienda (14 plazas):
- Programa Gestión Aduanera: 10 puestos (8 Profesional de Ingresos 2 y 2 Profesional de Ingresos 3).
- Programa Rectoría del Subsistema de Crédito Público: 4 puestos (2 Profesional de Egresos 2 y 2 Profesional de Egresos 3).
- Ministerio de Obras Públicas y Transportes (3 plazas):
- Subprograma Administración Vial: 1 Técnico Administración Vial 1E, 1 Jefe Técnico Administración Vial 2-C, 1 Jefe Técnico Administración Vial 2-E.
En su lugar, se crean nuevas plazas (detalladas en los artículos 2 y 3 del proyecto) para funciones más ajustadas a las necesidades actuales.
5. Reforma del artículo 7 (Normas de Ejecución - Artículo 5 del proyecto)
Se modifica el artículo 7 de las normas de ejecución presupuestaria para:
- Autorizar al Poder Ejecutivo a variar los requerimientos humanos de cada título presupuestario mediante resolución administrativa, sin alterar el total de puestos por programa, para reasignaciones, reclasificaciones, variaciones de matrícula educativa, y cambios por la Ley de Empleo Público.
- Obligar a las instituciones a publicar en su sitio web un listado actualizado de las plazas modificadas.
- Mantener la restricción general de no usar remanentes de remuneraciones para otras partidas, con excepciones para contribuciones estatales, prestaciones legales e indemnizaciones.
- Establecer que los sueldos por "Servicios Especiales" no superen los del personal de carrera, y que los nombramientos cumplan los requisitos del Servicio Civil.
- Autorizar una subejecución de hasta el 10% del presupuesto por programa o subprograma para mejorar la eficiencia, sin que esto reduzca presupuestos futuros.
- Disponer que la ley rige a partir de su publicación.
Disposiciones transitorias
No se incluyen disposiciones transitorias en este proyecto de ley.
Limitaciones o exclusiones
No se identifican exclusiones explícitas en el texto. El proyecto aplica a toda la Administración Central (ministerios y órganos que conforman el Presupuesto Nacional) según las partidas y programas mencionados.
Análisis de riesgos
- Riesgo de litigios por definiciones técnicas: El proyecto utiliza términos como "superávit específico", "fuentes de financiamiento" o "coletilla 262" que están definidos en otras leyes, pero no se explican en detalle, lo que podría generar confusiones en la ciudadanía.
- Plazos para emisión de reglamentos: No se establecen plazos concretos para que el Ministerio de Hacienda emita las resoluciones administrativas autorizadas en el artículo 5; la flexibilidad podría retrasar la ejecución.
- Impacto fiscal: El proyecto reduce el uso de deuda interna pero depende de la disponibilidad de préstamos externos (AFD) que no se detalla si están garantizados. La no ejecución de la segunda ronda electoral es un ahorro real, pero otras partidas podrían requerir ajustes adicionales si los ingresos proyectados no se materializan.
- Riesgo de subejecución: La autorización de hasta 10% de subejecución podría usarse para no gastar en programas prioritarios, aunque el texto busca aumentar eficiencia.
Glosario de términos
- Coletilla 262: Código presupuestario que identifica los ajustes por cambios entre escalas salariales, según la Ley de Empleo Público.
- Deuda interna (títulos valores): Bonos que el gobierno emite para pedir prestado dinero dentro del país, ofreciendo un interés a los compradores.
- Fuente de financiamiento (F.F.): Código que identifica el origen de los recursos (ej. 001 = ingresos corrientes, 280 = deuda interna, 667 = préstamo externo AFD, 512 = préstamo EXIMBANK).
- Modificación legislativa: Cambio en el presupuesto que requiere aprobación de la Asamblea Legislativa, aunque no altere el monto total.
- Presupuesto extraordinario: Ajuste al presupuesto original durante el año, para incorporar ingresos no previstos o atender necesidades nuevas.
- Superávit específico: Recursos que una institución no gastó en años anteriores y que pueden usarse para fines determinados (ej. convenio JAPDEVA-CONAVI).
- Título presupuestario: Cada ministerio, poder u órgano que tiene su propio presupuesto dentro de la ley (ej. Ministerio de Salud, Tribunal Supremo de Elecciones).
- Transferencias de capital: Dinero que el gobierno da a otras entidades para inversión (construcción, equipamiento), no para gastos corrientes.
Información adicional
- Origen de los datos: Los ingresos han sido certificados por la Dirección General de Contabilidad Nacional (DGCN) mediante documentos oficiales (ej. MH-DGCN-DIR-CERT-0073-2026).
- Regla fiscal: El proyecto cumple con el límite de gasto establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N.º 9635), según el cuadro 5 de la exposición de motivos.
- Norma 25: No se incorporan nuevos créditos externos en este presupuesto; los préstamos para el Corredor San José-San Ramón (aprobados en abril 2026) se incorporarán posteriormente.
- Atención a disposiciones legislativas: Se incluye información sobre los recursos del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) utilizados en el Ministerio de Salud (₡2.604 millones, detallados en el cuadro 6).
- Vigencia: La ley entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.